LA TEORÍA DEL VÍNCULO: EL EXTRAÑO CASO DEL TÍO GILITO Y EL PATO DONALD

 In Ley y Empresa

El pato Donald fue un fiel  trabajador durante veinte años. Veinte años trabajando, pero qué digo trabajando, sirviendo en cuerpo y alma a su jefe el tío Gilito.

En su contrato figuraba la función de director financiero, pero pronto demostró que se podía contar con él para cualquier cosa. De este modo, se convirtió en la mano derecha de su jefe.

El Poder

El tío Gilito confiaba en él, y Donald era un fiel servidor: el día que Gilito le otorgó unos poderes que le permitirían incluso vender la Gilito Corporation, ambos sabían que se había hecho lo correcto.

El Ascenso

Hace unos cinco años, en el marco de una reestructuración societaria, Gilito convenció a Donald para que aceptara el cargo de Administrador Único de varias sociedades de la Gilito Corporation: seguía siendo el hombre adecuado, y así liberaba de tareas a un Gilito que empezaba a hacerse mayor. Donald estaba contento y satisfecho: ¿cómo podía interpretarse este nombramiento sino como una gran promoción?

La Caída

tio gilito

En el 2015, sucedió lo inesperado: Gilito decidió despedir a Donald.

La sorpresa de nuestro eficiente ejecutivo fue mayúscula cuando su amado jefe, secundado por un ejército de abogados, le comunicó las condiciones de su despido…

Donald se vio en la calle sin paro ni indemnización.

Donald aprendió de la peor forma posible lo que significaba la Doctrina jurisprudencial del Vínculo.

 

La Teoría del Vínculo

Donald era un Alto Directivo de su empresa (director financiero, con poderes muy amplios, y vinculados al corazón de la actividad de la misma).

La relación que le unía a su empresa era laboral, pero laboral especial: era un Alto Directivo.

La teoría del Vínculo viene a establecer muy sintéticamente lo siguiente:

Cuando Donald aceptó el cargo de Administrador Único, la relación laboral especial (de alto Directivo) que unía a Donald con su Empresa fue absorbida (léase: desapareció) y se convirtió en una relación mercantil. Una relación no regulada en ningún contrato.

Como la relación laboral se había extinguido previamente, al ser despedido, lo que se extinguió fue la relación mercantil, con todo lo que eso conlleva:

Las Consecuencias

Es decir, Donald:

  • No tenía derecho a indemnización.
  • No tenía derecho a subsidio de desempleo.
  • Había sobrecotizado a la seguridad social.
  • También -aunque esto no era un problema para Donald-, su salario no sería un gasto deducible para su Empresa empleadora.

¿Y Qué Hacer?

Si Donald se hubiera asesorado con un abogado decente, le habrían aconsejado regular en un nuevo contrato con su Empresa:

  • La suspensión de su relación de Alta Dirección durante el período que ocupara el cargo de administrador, así como
  • Las consecuencias al cesar como tal administrador (por poner un ejemplo: una indemnización equivalente a la que hubiera percibido de acuerdo con su contrato original).
  • El régimen salarial a percibir como administrador, cumpliendo todos los requisitos legales (previsión en Estatutos, aprobación en Junta General, etc…).

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