Accidentes de trabajo

 In Compliance & Defense

No siempre que un trabajador sufre un accidente de trabajo existe una responsabilidad de la empresa en el mismo. En principio, el accidente de trabajo es el que sufre una persona mientras está desarrollando su actividad laboral. No obstante, también tiene tal consideración el accidente sufrido al ir o volver de su lugar de trabajo (accidente in itinere).


Como consecuencia del accidente de trabajo el trabajador puede sufrir unas lesiones corporales más o menos graves, que pueden comportar su incapacidad temporal (baja médica) y, en el peor de los casos, incluso una incapacidad permanente.
Para que exista tal responsabilidad debe existir una falta de medidas de seguridad imputable a la empresa y que exista una relación de causalidad entre dicha omisión de la empresa y la producción del accidente de trabajo.

En el caso de que exista una responsabilidad de la empresa, el trabajador podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios a la empresa mediante demanda judicial. Lo que, en esencia se valora a efectos de calcular una indemnización por lesiones provocadas por un accidente de trabajo, son dos variables: el tiempo de curación de las lesiones y posterior recuperación y/o rehabilitación y, asimismo, las secuelas o lesiones permanente que le puedan quedar al trabajador accidentado.

En cuanto al tiempo de curación, debe tenerse en cuenta que lo percibido en concepto de prestación por incapacidad permanente, que viene a paliar el lucro cesante derivado de las lesiones, se considera indemnización por este concepto y, por tanto, sería deducible de la parte de indemnización que correspondiera a tal lucro cesante.

El plazo para reclamar por accidente de trabajo es de un año desde el accidente o de estabilización de las lesiones que se hayan sufrido.

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